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Preguntas Frecuentes Fondos de Inversión
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Los fondos de inversión son instrumentos de inversión colectiva a través de los que un conjunto de inversores aportan su capital a un Fondo común,  para conseguir objetivos de máxima rentabilidad, seguridad, liquidez y gestión profesionalizada invirtiendo en los mercados de valores.

Se entra a formar parte de un fondo adquiriendo participaciones. Las participaciones representan una parte del valor patrimonial del fondo de inversión (todas tienen los mismos derechos) y su valor resulta de dividir el patrimonio entre el número de participaciones/acciones en circulación.

El patrimonio constituido del fondo es administrado por una Sociedad Gestora, responsable de la gestión del Fondo de inversión, y por una Entidad Depositaria que custodia los valores donde invierte el Fondo y ejerce funciones de vigilancia y garantía ante los inversores. 

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El objetivo de la inversión colectiva es participar de la rentabilidad esperada que ofrecen los distintos activos financieros más una rentabilidad adicional (alpha) obtenida por el equipo gestor.  Se pretende maximizar la rentabilidad esperada por unidad de riesgo asumido, con un enfoque de preservación de capital y una diversificación de riesgos adecuada. La inversión se realiza en diferentes activos de los mercados financieros, dependiendo de la política de inversión que se declara en el folleto, donde además también se indican la gestión de riesgos que se realizará.

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Cada fondo es gestionado por un especialista o por un equipo de especialistas que comparten una filosofía de inversión común que entre otros prioriza la sostenibilidad de las inversiones. Su función es seleccionar e invertir en aquellos activos que se adecuen mejor a las características del fondo de inversión teniendo en cuenta su política y que puedan generar un mayor retorno (financiero y extrafinanciero) para los partícipes del mismo. Estos especialistas se identifican como los gestores de los fondos de inversión.

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Las decisiones de inversión las toma un especialista o un grupo de especialistas en análisis de mercados financieros y valoración de empresas, lo que supone contar con una gestión especializada del fondo de inversión, que redunda en un mejor ratio rentabilidad/riesgo con seguimiento diario de la evolución del fondo. 

Al ser vehículos o instituciones de inversión colectiva el coste de acceso a los mercados financieros y el coste de gestión y administración del mismo se distribuye entre todos los partícipes generando menores costes para el inversor.

Asimismo, por el volumen de patrimonio acumulado, se accede a mercados en los que el inversor individual no podría invertir de forma adecuada si no fuera a través del vehículo del fondo.

Las principales características de los Fondos de inversión pueden sintetizarse en:

* Flexibilidad: la suscripción o reembolso de participaciones no tiene condicionantes, pudiendo operar con cualquier importe en cualquier momento

* Liquidez: disponibilidad del efectivo en menos de 48 horas

* Fiscalidad: las personas físicas residentes en territorio nacional disponen de la figura del traspaso de fondos para movilizar su capital difiriendo su tributación hasta el efectivo reembolso de participaciones.

* Transparencia: Información periódica, clara y analítica de la evolución del fondo de inversión

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Los fondos de inversión permiten a sus partícipes poder realizar operaciones de suscripción y reembolso de forma inmediata pudiendo ver ejecutada su operación en un plazo de 24 a 48 horas, por regla general.

Este hecho aporta una de las características fundamentales de este tipo de producto como es su gran liquidez y flexibilidad de gestión pudiendo disponer del efectivo, en caso de reembolso, en cualquier momento.

Por regla general, el plazo máximo establecido para obtener el efectivo de un reembolso es de 3 días hábiles, excepto en los casos que por razón de importe o por falta de representatividad en el valor liquidativo, el folleto del fondo establezca otros límites. 

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Cada fondo de inversión dispone de un importe mínimo de suscripción inicial para formar parte como partícipe del mismo. Dicho importe se aplica, siempre, para la primera suscripción en el fondo, pudiendo, posteriormente realizar suscripciones posteriores de menor o mayor importe.

El importe mínimo se determina en función de las características del fondo y se incluye dentro del folleto informativo del fondo y del documento fundamental para el inversor.

Este importe se acoge igualmente a las características de liquidez de los fondos de inversión y se puede reembolsar sin necesidad que se deba mantener una inversión determinada como condición para seguir siendo partícipe del fondo. 

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Las suscripciones y reembolsos de Participaciones que efectúan los Partícipes pueden, en algunos Fondos, estar sujetos a gastos y/o comisiones. 

Esta circunstancia está regulada en el folleto informativo de cada fondo de inversión y en el documento fundamental para el inversor

Como retribución por las funciones de gestión y depositaría, respectivamente, la Sociedad Gestora del Fondo y la entidad Depositaria del mismo perciben, asimismo, unas comisiones de gestión y depositaria aplicadas directamente sobre el patrimonio del fondo, por lo que el partícipe no afrontará su pago en ningún momento, sino que se deducirán del valor liquidativo de las participaciones.

Dichas comisiones se informan, del mismo modo, en los documentos anteriormente mencionados y se encuentran regulados por la Ley que establece los porcentajes máximos que pueden aplicarse sobre el Patrimonio del Fondo y están descontadas de las rentabilidades que la Sociedad Gestora pública.

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Las suscripciones o reembolsos que efectúe el inversor se valoraran o liquidaran al Valor de la Participación del día en que se haya solicitado la operación y siempre que se realice antes de la hora de corte establecida. Si la operación se solicita después de la fecha de corte, la solicitud pasará al siguiente día hábil y se valorará con el valor de la participación de ese día.

El valor de la Participación o Valor liquidativo es calculado diariamente por el departamento de valoración de la entidad Gestora.  Para ello es necesario obtener el patrimonio diario del fondo así como las participaciones totales que componen dicho patrimonio para obtener, a través de la división de ambos conceptos, el valor unitario de cada participación.

El Patrimonio del Fondo se valora aplicando los criterios que establecen las Normas Legales vigentes y las que indican los Estatutos del Fondo.

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La hora de corte es el criterio que determina qué valor liquidativo o valor de la participación se asignará a las operaciones solicitadas, por lo que dependiendo del momento que se realice la operación se recogerá el efecto de mercado del día en curso o del siguiente.

Esta hora la determina la entidad Gestora que actualmente es a las 17:30h.

Así, todas las operaciones solicitadas antes de esta hora en el día D, tomarán valor liquidativo del día D mientras que las operaciones solicitadas con posterioridad a esa hora, tomarán valor liquidativo del día D+1.

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Los fondos de inversión se valoran diariamente con el fin de obtener el valor liquidativo o valor de la participación unitaria del mismo. Así, diariamente se incluye en este valor el efecto de las variaciones en las cotizaciones de los activos financieros y fluctuaciones de mercado debidos a movimientos de tipos de interés, coyuntura económica, expectativas futuras, etc...

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La rentabilidad de un fondo de inversión depende de su política de inversión en la que se establecen los criterios e instrumentos donde invertirá el fondo para conseguir su rentabilidad.

Dicha rentabilidad es variable y depende de los valores mantenidos en cartera así como del horizonte temporal de la inversión.

En función de la categoría de fondo de inversión, renta variable o renta fija, por ejemplo, se podrá esperar una rentabilidad mayor o menor de acuerdo con los activos donde invierten estos fondos.

Si se opta por un fondo de renta variable que invierta en acciones, dada la mayor volatilidad de este tipo de valores, es decir, mayor riesgo, se puede esperar obtener una  rentabilidad mayor que si se invierte en un fondo de renta fija que lo haga en deuda pública, dada su menor volatilidad y menor riesgo.

La diversificación de las inversiones que componen el patrimonio del fondo permite un mejor control del riesgo y una rentabilidad mayor a largo plazo.

Puedes ver la rentabilidad de un fondo a una fecha realizando el siguiente cálculo:

Rentabilidad = (Valor actual - Valor de compra) / Valor de compra

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Caja de Ingenieros pone a disposición de sus socios una amplia gama de fondos de inversión que según su vocación inversora, se clasifican de la siguiente forma:

  • Fondos de Renta Fija: La inversión en renta fija se realiza en activos de deuda financiera, emitidos tanto por empresas como por entidades públicas o estados. Son fondos que no invierten en activos de renta variable, por lo que habitualmente las oscilaciones de su valor liquidativo son inferiores a las de otros fondos, orientando la construcción de su cartera a los beneficios de la solidez de los emisores de deuda y a las expectativas de cambios en los tipos de interés.
  • Fondos Mixtos: Se denomina así a los Fondos que reparten su inversión entre la renta variable y la renta fija, siendo ambas un porcentaje significativo del patrimonio. Al combinar los dos tipos de inversión (renta fija y renta variable), persiguen proporcionar a los inversores un equilibrio en sus rendimientos, pudiendo adaptarse de forma flexible a las diferentes tendencias de mercado que puedan surgir en cada momento.  Por sus características, el riesgo-rentabilidad que asumen se sitúa entre los fondos de renta variable y de los de renta fija.
  • Fondos de Renta Variable: Se denomina así a los Fondos que invierten básicamente en renta variable y sólo mantienen la parte destinada a tesorería en activos financieros de renta fija o del mercado monetario. Estos fondos realizan su inversión en acciones de empresas cotizadas, y dependiendo de su política de inversión puede estar enfocadas a distintas áreas geográficas. Su principal objetivo es obtener rentabilidad participando de los beneficios y del crecimiento de valor de las compañías en las que invierte.
  • Fondos de Retorno Absoluto: Se denomina así a los Fondos que persiguen conseguir una rentabilidad positiva independientemente del escenario de mercados de cada momento y buscan una baja correlación con otros mercados y activos financieros. Se caracterizan por contar con una gran libertad a la hora de decidir en qué tipo de activo financiero invertirán y, por eso, son un elemento indispensable en una buena estrategia de diversificación de cualquier inversor.
  • Fondos Garantizados: Los Fondos de Inversión Garantizados son fondos de inversión que tienen una garantía de capital otorgada por un tercero, por lo que como mínimo el participe recuperará el importe invertido. Dependiendo de las características definidas en su folleto, pueden garantizar además de la inversión inicial un rendimiento fijo o un rendimiento variable ligado a la rentabilidad de un índice. Tienen un horizonte temporal definido, por lo que durante el periodo de garantía el partícipe debe mantener su inversión en el fondo si quiere participar de la garantía una vez finalizado el periodo. 

Las suscripciones o reembolsos que efectúe el inversor se valoraran o liquidaran al Valor de la Participación del día en que se haya solicitado la operación y siempre que se realice antes de la hora de corte establecida. Si la operación se solicita después de la fecha de corte, la solicitud pasará al siguiente día hábil y se valorará con el valor de la participación de ese día.

El valor de la Participación o Valor liquidativo es calculado diariamente por el departamento de valoración de la entidad Gestora.  Para ello es necesario obtener el patrimonio diario del fondo así como las participaciones totales que componen dicho patrimonio para obtener, a través de la división de ambos conceptos, el valor unitario de cada participación.

El Patrimonio del Fondo se valora aplicando los criterios que establecen las Normas Legales vigentes y las que indican los Estatutos del Fondo.

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Los fondos no tienen vencimiento definido, dado que se establecen con carácter indefinido. En el caso de los fondos garantizados, sí que se establece un vencimiento de la garantía, al final del que se obtiene la rentabilidad garantizada y el partícipe puede recuperar su inversión o mantenerla con las plusvalías acumuladas hasta que la Sociedad Gestora le comunique la nueva política de inversión que seguirá el fondo.

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Para invertir en alguno de los fondos gestionados por Caja Ingenieros Gestión SGIIC y operar con ellos, es necesario que seas socio de Caja de Ingenieros.  

Caja de Ingenieros nació en el año 1967 con el objetivo de prestar servicios financieros globales a sus socios con una vocación de servicio y de gestión personalizada.

El rasgo distintivo del modelo cooperativo de Caja de Ingenieros es que el socio es a la vez cliente y propietario de la Entidad. Por tanto, los beneficios obtenidos revierten directamente en los socios, lo que permite ofrecerles numerosas ventajas adicionales.

Las sociedades cooperativas de crédito fomentan valores como la honestidad, la equidad, la igualdad, la responsabilidad social, la solidaridad, la autorresponsabilidad y la transparencia.

El censo de socios de Caja de Ingenieros se ha ido ampliando anualmente. En la actualidad, ya son más de 170.000 personas las que confían en la Entidad y gozan de servicios personalizados con condiciones competitivas.

Titulo FAQ Fiscalidad

Fiscalidad Fondos de Inversión

Fiscalidad Fondos de Inversión
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Sí, las pérdidas o ganancias patrimoniales derivadas de la venta o reembolso de fondos de inversión tributan como ganancia patrimonial dentro de la base imponible del ahorro en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

No obstante, la movilización de fondos, es decir, el traspaso de fondos de inversión se encuentra exento de tributación para las personas físicas residentes en territorio nacional lo que les permite diferir la tributación de sus ganancias hasta el momento del reembolso efectivo de participaciones.

Esta exención permite a los partícipes poder movilizar su efectivo sin tributar lo que supone una notable ventaja fiscal que favorece a la planificación fiscal y financiera del partícipe. 

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Personas físicas

Los rendimientos obtenidos como consecuencia del reembolso de un fondo de inversión, tienen la consideración de ganancia o pérdida patrimonial. A efectos del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), las plusvalías obtenidas por la desinversión o venta de un fondo de inversión se integran en la Base Imponible del Ahorro y tributan según la siguiente escala:

  2018 2019
De 0 a 6.000€ 19% 19%
De 6.000,01€ hasta 50.000€ 21% 21%
Importes superiores a 50.000,01€ 23% 23%

 

La tributación sobre las plusvalías obtenidas se producirá únicamente con la desinversión del fondo, es decir, en el momento del reembolso del efectivo mantenido.

 

El cálculo del rendimiento se obtendrá aplicando el método FIFO (first in first out), siendo la plusvalía obtenida la diferencia entre el valor de adquisición de las participaciones más antiguas suscritas y el valor liquidativo asignado a dichas participaciones en la fecha del reembolso.

Sobre esta plusvalía se practicará una retención a cuenta equivalente al 19%

 

Traspaso de fondos

Los partícipes residentes, titulares de un fondo de inversión pueden desinvertir sin necesidad de aflorar una ganancia o pérdida patrimonial mediante la figura del traspaso.

El traspaso consiste en reembolsar un fondo de inversión para invertir en otro distinto moviendo el efectivo de un vehículo a otro sin que se materialice el reembolso por cuenta corriente. Esto permite diferir el efecto impositivo hasta el momento del reembolso definitivo.

(*) Solo las personas físicas residentes pueden optar a realizar traspasos ya que esta figura no está disponible para partícipes no residentes o personas jurídicas.

 

Personas jurídicas

A efectos del Impuesto sobre Sociedades, las ganancias por reembolso de fondos de inversión tributan al 25% para el 2018 y para el 2019.

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La desinversión de un fondo de inversión por partícipes no residentes debe instrumentalizarse a través de un reembolso ya que no pueden acogerse a la figura del traspaso.

Por regla general, a las plusvalías obtenidas de reembolsos de fondos de inversión se les aplicará el tipo del 19% con las excepciones recogidas a continuación:

 

Tributación en el país de origen del partícipe 

En caso que el partícipe acredite su residencia fiscal en su país de origen, no se aplicará retención sobre las plusvalías obtenidas de reembolsos de fondos de inversión, siempre y cuando así lo prevea el Convenio de Doble Imposición (CDI) entre España y el país de residencia fiscal del partícipe.

En caso de que el CDI establezca la tributación en el país de origen, el partícipe deberá aportar un certificado de residencia fiscal  donde se recoja de forma explícita la aplicación del CDI entre ambos países a efectos de la tributación de las plusvalías generadas.

Asimismo debe aportar una declaración jurada del mismo.

 

Tributación en el país de origen del partícipe sin certificado de residencia fiscal

En caso que el partícipe sea no residente en territorio nacional y no acredite su país de residencia a efectos fiscales, se aplicará una retención a cuenta sobre las plusvalías obtenidas de reembolsos de fondos de inversión equivalente al 19%.

Cuando el partícipe sea residente de un país donde exista CDI en el que se prevea una tributación inferior podrá solicitar la devolución del exceso de retenciones practicadas respecto el tipo impositivo de su país de residencia fiscal, presentando ante la Agencia Tributaria Española el modelo 210 y solicitando la devolución de la parte que exceda del porcentaje que figure en el CDI.

 

Tributación en España al tipo general

En caso que no exista Convenio de Doble Imposición entre el país de residencia fiscal del partícipe y España, se aplicará a las plusvalías sobre reembolsos de fondos de inversión el tipo del 19%.