A tu lado en cada paso
En estos momentos tan difíciles, hacer estas gestiones es doblemente doloroso.
Por ello, en Caja de Ingenieros queremos ayudarte a que tramites la herencia de un familiar fallecido lo más fácilmente posible.
A continuación te detallamos los pasos a seguir.
01
COMUNICACIÓN DEL FALLECIMIENTO Y SOLICITUD DEL CERTIFICADO DE POSICIONES
02
ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN PARA INICIAR EL REPARTO
03
ALTA DE LOS HEREDEROS
04
ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN
01.
Comunicación del fallecimiento y solicitud del certificado de posiciones
Documentación necesaria:
- Certificado de defunción
- DNI del solicitante
- Testamento o acta de notoriedad
A partir de ese momento, la cuenta quedará bloqueada para nuevos cargos y se darán de baja a las personas autorizadas. Aceptaremos las domiciliaciones habituales de la cuenta.
Con el certificado de posiciones, podrás liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones.
02.
Entrega de documentación para iniciar el reparto
Documentación necesaria:
- Liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones
- Certificado de últimas voluntades
- Testamento o acta de notoriedad
- Escritura pública de aceptación de herencia o documento privado de aceptación de herencia
- Fotocopia del DNI de los herederos (si no son socios de Caja de Ingenieros)
Documentación adicional, si hay plan de pensiones:
- Firma del impreso “Solicitud de Prestación de Plan de Pensiones” (facilitado por Caja de Ingenieros) debidamente cumplimentado por el/los beneficiario/s
- Impreso "Comunicación de datos al pagador" IRPF (modelo 145) cumplimentado y firmado por el/los beneficiario/s
Documentación adicional, si hay seguro de vida:
- Informe médico con certificado oficial en el que se expresa la causa del fallecimiento y las circunstancias en que se ha producido
- Si existe, copia de las diligencias judiciales o policiales y autopsia
03.
Alta de los herederos
Alta de los herederos, en caso de no ser socios/as de Caja de Ingenieros.
Será necesario que estén para firmar la documentación de alta de persona.
04.
Estudio de la documentación
Estudio, por parte de Caja de Ingenieros, de la documentación aportada e inicio de los trámites del reparto.
Por último, se finalizará el reparto.
Contactaremos contigo para informarte de que ya hemos procedido al reparto según las instrucciones facilitadas.
Guía/glosario de documentación esencial
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CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN
Es el documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona, expedido por el Registro Civil.
¿Cómo se obtiene?
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De forma presencial en el Registro Civil, en el que esté inscrito el fallecimiento, aportando el DNI. de la persona que solicite el certificado.
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Por correo ordinario, enviando una carta al Registro Civil en la que se indique el nombre y la dirección postal a la que se vaya a enviar el certificado. En la solicitud tienen que constar los siguientes datos:
- Nombre, apellidos y DNI. de la persona que solicita el certificado.
- Nombre y apellidos del fallecido, lugar y fecha del fallecimiento.
- Por internet, a través de la página oficial del Ministerio de Justicia.
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CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES
El certificado de últimas voluntades es el documento obligatorio que acredita si una persona ha otorgado testamento/s y ante qué notario/s, con el fin de solicitar una copia autorizada del mismo. Se puede solicitar una vez transcurridos quince días hábiles desde el día del fallecimiento, a través del Modelo 790 debidamente cumplimentado.
¿Cómo se obtiene?
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De forma presencial en la Oficina Central de Atención al Ciudadano, calle Bolsa, 8, si se realiza en la Comunidad Autónoma de Madrid o en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia para el resto de las comunidades autónomas.
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Por correo ordinario, enviando la solicitud a la siguiente dirección: Registro General de Actos de Última Voluntad, Ministerio de Justicia, plaza Jacinto Benavente, 3, 28012 Madrid.
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Por internet, a través de la página oficial del Ministerio de Justicia.
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TESTAMENTO
Es un acto de última voluntad del fallecido sobre la repartición de sus bienes, en el que designa herederos y/o legatarios. En el testamento debe constar la fecha y notario, a través del cual se podrá solicitar una copia autorizada de dicho testamento. En el certificado de últimas voluntades se hace constar la fecha y notario ante el cual la persona ahora fallecida otorgó testamento.
En caso de que no exista testamento, se deberá acreditar el acta de notoriedad o acta de declaración de herederos.
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ACTA DE NOTORIEDAD O ACTA DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS
¿Cómo se obtiene?
Las personas que se consideren herederos deberán acudir a un notario del lugar en el cual el fallecido tuviera su residencia habitual o donde tuviese la mayor parte de su patrimonio.
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DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN Y PARTICIÓN DE HERENCIA
Es el documento que recoge de forma concreta cómo se efectuará el reparto de bienes entre los diferentes herederos y cuál es su valoración.
Este documento puede ser público, ante notario, o privado, en cuyo caso debe estar firmado por todos los herederos.
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LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS
Dentro los seis meses posteriores al fallecimiento, los herederos deberán acudir a la Oficina Liquidadora de la Comunidad Autónoma en la que el fallecido tuviera su última residencia habitual. Los herederos pueden abonar el importe del impuesto de sucesiones y donaciones con cargo a las posiciones del fallecido, aportando una solicitud firmada por todos los herederos.